Polémica por decreto: El Gobierno de Gustavo Petro fijó un aumento del 23% en el salario mínimo, pero expertos señalan un posible desacato al Consejo de Estado.
La expedición del Decreto 0159 de 2026, que estableció de forma transitoria el incremento del salario mínimo en un 23%, generó un intenso debate jurídico. La controversia surge porque el Consejo de Estado había ordenado aplicar «la totalidad de los criterios económicos y constitucionales» previstos en la Ley 278 de 1996, como inflación y productividad laboral.
Sin embargo, el Gobierno justificó el aumento con dos componentes: un 13,6% basado en los factores legales y un 9,4% adicional para «cerrar la brecha parcial con el salario vital». En el decreto, se argumentó que esta decisión responde a mandatos constitucionales para garantizar condiciones de vida dignas y reducir la desigualdad.
¿Hubo desacato al Consejo de Estado?
Aunque el Consejo de Estado aún no emite un fallo definitivo, juristas como Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, sostienen que el Gobierno incumplió materialmente la orden judicial. «El presidente Petro optó por desacatar la decisión del Consejo de Estado a pesar de aceptarla formalmente», afirmó Cuervo.
El abogado criticó imprecisiones en la justificación del decreto, especialmente por incluir el componente de «salario vital» y por la sumatoria de cifras. Según Cuervo, el Gobierno mantuvo un 23,7% como referencia, aunque el aumento real frente al salario del año anterior es del 23%. «Ellos se quedaron con el 23,7% que nunca existió porque siempre el porcentaje ha sido 23», explicó.
Para Cuervo, la orden del alto tribunal era clara y permitía una conclusión matemática basada en los factores legales. Por ello, considera que existe un incumplimiento que deberá ser evaluado por el magistrado competente.
El papel de la OIT en la controversia
El análisis también cuestiona el uso de criterios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Cuervo señaló que el presidente Petro apeló a recomendaciones de este organismo, las cuales no son vinculantes para Colombia. «En el mejor de los casos, son opiniones», advirtió.
Además, el abogado explicó que la OIT calcula el salario mínimo considerando hogares de cuatro personas con dos perceptores de ingresos, mientras que el Gobierno utilizó un esquema de tres personas con un solo ingreso. Esto, según Cuervo, habría inflado artificialmente el resultado, llevando el salario a unos $1.550.000, lejos de los $2 millones defendidos por el Ejecutivo.
Tres escenarios que podría decidir el Consejo de Estado
La decisión del Consejo de Estado marcará un precedente histórico en Colombia. Ana María Valdivieso, abogada de Serrano Martínez CMA, destacó que nunca antes se había suspendido un decreto de salario mínimo ni se había ordenado al Gobierno fijar una nueva cifra.
El primer escenario es la nulidad del decreto. En este caso, se declararía inválida la justificación del salario mínimo de $2 millones, ya que el incremento final dependió del cierre de la brecha del «salario vital», un criterio no contemplado en la Ley 278 de 1996.
Un segundo escenario es el aval del decreto. Aquí, el tribunal podría considerar que el Gobierno no desconoció los parámetros legales, sino que los complementó con criterios constitucionales para garantizar un salario mínimo vital y móvil.
El tercer escenario, planteado por Diego Acevedo, socio de Holland & Knight, es una aceptación parcial. El Consejo de Estado podría validar el procedimiento, pero ordenar un ajuste en el porcentaje de incremento, limitándolo al 13,6% o a un rango intermedio.
Preguntas clave sobre el salario mínimo
- ¿El salario mínimo de $2 millones sigue vigente? Sí, mientras el Consejo de Estado no adopte una decisión definitiva.
- ¿Qué es el «salario vital»? Un concepto constitucional para garantizar condiciones dignas, pero no detallado en la Ley 278 de 1996.
- ¿La OIT puede obligar a Colombia? No. Sus lineamientos son orientadores, no vinculantes.








